En resumen
Veinte términos de la Ley Federal del Trabajo que aparecen una y otra vez cuando se habla de jornada, definidos en una o dos líneas y con el artículo que los sostiene. Pensado para consultarse rápido, no para leerse de corrido.
Jornada de trabajo
Artículo 58
El tiempo durante el cual la persona trabajadora está a disposición del patrón para prestar su trabajo. No es lo mismo que el tiempo efectivamente trabajado: estar a disposición cuenta.
Jornada diurna
Artículo 60
La comprendida entre las 6:00 y las 20:00 horas.
Jornada nocturna
Artículo 60
La comprendida entre las 20:00 y las 6:00 horas. Su duración máxima es menor que la de la diurna.
Jornada mixta
Artículo 60
La que abarca periodos de jornada diurna y nocturna, siempre que el periodo nocturno sea menor de tres horas y media; si lo excede, se considera jornada nocturna.
Registro electrónico de la jornada
Artículo 132 fracción XXXIV
La obligación, vigente a partir del 1 de enero de 2027, de registrar por medios electrónicos el inicio y el fin de la jornada de cada persona trabajadora y de poner ese registro a disposición de la autoridad cuando lo solicite.
Horas extraordinarias
Artículos 66 a 68
El tiempo trabajado por encima de la jornada máxima. Las horas extra se pagan con un 100% adicional dentro del límite semanal correspondiente al año y con 200% adicional por el excedente; el umbral pasa de nueve horas en 2026–2027 a doce en 2030.
Prima dominical
Artículo 71
Un 25% adicional sobre el salario de un día ordinario, que corresponde a quien presta servicios en domingo como parte de su jornada ordinaria. No se confunde con el pago del día de descanso laborado.
Día de descanso semanal
Artículo 69
Por cada seis días de trabajo corresponde cuando menos un día de descanso con goce de salario íntegro.
Descanso semanal laborado
Artículo 73
Cuando se trabaja en el día de descanso, además del salario de ese día corresponde un pago adicional equivalente al doble, es decir, un 200% extra.
Días de descanso obligatorio
Artículo 74
Los días festivos señalados por la ley, en los que no hay obligación de laborar.
Día festivo laborado
Artículo 75
Quien trabaja en un día de descanso obligatorio tiene derecho, además de su salario, a un pago doble por el servicio prestado.
Periodo de descanso durante la jornada
Artículo 63
Durante la jornada continua corresponde un descanso de media hora cuando menos.
Salario diario integrado
Artículo 84
El salario que se usa como base para ciertas prestaciones e indemnizaciones. Integra los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad entregada por su trabajo.
Carga de la prueba
Artículos 784 y 804
En los conflictos sobre jornada, corresponde a la parte patronal conservar y exhibir los documentos que acrediten las horas trabajadas. Si no los presenta, se presumen ciertos los hechos que la persona trabajadora alega.
Conservación de documentos
Artículo 804
La obligación de conservar los controles de asistencia durante el último año de la relación de trabajo y hasta un año después de terminada.
Prueba plena
Concepto procesal
El valor probatorio que lleva al juzgador a tener un hecho por acreditado sin necesidad de otro medio de prueba. En las lecturas que se han hecho de la reforma, el registro electrónico puede alcanzarlo cuando se acredita que el método fue acordado entre las partes.
Prescripción
Artículo 516
El plazo para ejercer las acciones de trabajo, que por regla general es de un año contado desde el día siguiente a la fecha en que la obligación sea exigible.
UMA
Unidad de Medida y Actualización
La unidad de cuenta con la que se determinan las multas. Su valor lo publica el INEGI cada año; en 2026 es de 117.31 pesos diarios, vigente desde el 1 de febrero.
Centro de trabajo
Uso general en la LFT
El lugar o lugares donde se presta el servicio. Importa para el registro porque los horarios, las tolerancias y los criterios de ubicación suelen variar entre uno y otro.
Inspección del trabajo
Artículos 540 a 550
La función de la autoridad laboral para vigilar el cumplimiento de las normas de trabajo, que incluye solicitar la documentación correspondiente.
Los pilotos arrancan antes de enero.
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